lunes, 25 de marzo de 2019

La mediación


MEDIACIÓN

 
La Mediación es un proceso voluntario en el que dos o más partes involucradas en un conflicto trabajan con un profesional imparcial, el mediador, para generar sus propias soluciones para resolver sus diferencias.




A diferencia de un Juez, o un árbitro cuyas decisiones obligan a las partes, e implican que una parte gana y la otra pierde, la mediación busca obtener una solución válida para ambas partes.

Se basa en la democracia, la pacificación social, el dialogo individual y social, el respeto, y el consenso para la convivencia. Consiste en la intervención de un tercero en un conflicto, el mediador, con el fin de facilitar el acercamiento de las partes enfrentadas y promover un proceso de negociación que permita arribar a un acuerdo consensuado y aceptado por las partes que ponga fin al conflicto.



Principios de Mediación




1- La Mediación es voluntaria  y nadie esta obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación .


2- En la Mediación se debe garantizar la igualdad de las partes, la imparcialidad por parte de los mediadores y el respeto hacia los distintos puntos de vista expresados.


3- Los mediadores tienen que ser neutrales y permitir que las partes en conflicto alcancen por si mismas un acuerdo de mediación.

4- El procedimiento de mediación así como la documentación utilizada  en el mismo es confidencial. Esta obligación de confidencialidad afecta tanto al mediador como a las partes e impide que estén obligados a declarar o aportar documentación.


Ley sobre procedimientos especiales en materia de protección familiar de niño, niña y adolescente.



Esta Ley tiene como objetivo regular los procedimientos especiales en materia de protección familiar de niños, niñas y adolescentes de carácter administrativo y judicial, como la conciliación, mediación y otros medios de iniciativa popular para resolver los problemas familiares, proteger los derechos humanos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, así como promover la paz, la armonía familiar, comunitaria y social. 
 
Además regular, promover y contribuir con la conciliación, mediación y desjudicialización de los conflictos y relaciones familiares.



Esta Ley está conformada por cuarenta y cuatro (44) artículos, dividido en cinco (5) capítulos, siendo el capítulo uno (1) las disposiciones generales, y el capítulo cinco (5) contiene la disposición derogatoria y la disposición final




Partes que intervienen en la Mediación

Las partes: son aquellas personas que mantienen un conflicto en común y que pueden concurrir solas o acompañadas por un tercero.

El mediador: es un tercero que conduce el proceso de la mediación con el objetivo de llegar a que las partes se comuniquen entre si.
Se destaca en este proceso que el mediador no decide en ningún momento, ya que son las partes quienes tienen todo el protagonismo a lo largo de la mediación.

El mediador responde a las dos partes, sin tomar en cuenta quien contacta primero al mediador, su trabajo esta dirigido a colaborar con las partes y lograr la comunicación, participación y el protagonismo de las mismas, quienes tienen que tomar decisiones en este proceso.

Cómo se elige el mediador?
1-Por acuerdo de partes.
2-Por sorteo, ante la mesa de entrada del tribunal donde debe iniciarse el posible juicio.
3-Por propuesta del requirente al requerido (es decir, del reclamante a la otra parte) quien designa un mediador pero tiene que ofrecerle también un listado con el nombre de otros mediadores para que, si lo desea, pueda elegir otro.
4-Por el juez durante el transcurro de un juicio.





 

Fin de la mediación

 
 En cualquier momento antes de que se dicte un laudo, las partes podrán solicitar conjuntamente que el Tribunal le ponga fin al procedimiento si se avienen respecto de la diferencia o por cualquier otra razón. El Tribunal o el Secretario General del Tribunalo puede emitir una resolución en la que deje constancia de la terminación del procedimiento.